La corrupción policial es la principal causa del retardo procesal

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La ONG Una Ventana a la Libertad presentó este jueves 19 de septiembre su más reciente informe sobre el retardo procesal, en el que concluye que las principales razones de esta situación en Venezuela son la corrupción policial y un sistema de justicia desviado.

Para la elaboración de este estudio especial que visibiliza la vulneración de los derechos procesales de las personas que se encuentran recluidas en los Centros de Detención Preventiva (CDP) y que esperan por un pronunciamiento judicial que resuelva su situación jurídica.

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La ONG realizó entrevistas a conocedores del tema y una encuesta que se le aplicó a un grupo de abogados penalistas que ejercen en los circuitos judiciales de los estados Anzoátegui, Bolívar, Carabobo y Distrito Capital. También se revisaron algunas sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Penal.

Durante la investigación se determinaron tres categorías entre los tipos de causas del retardo procesal. La primera categoría está asociada a los medios para la prestación del servicio, como es el caso de estructuras insuficientes para el funcionamiento de los tribunales, carencia de equipos y materiales para el procesamiento de los expedientes e insuficiencia de funcionarios capacitados en los tribunales.

“La segunda categoría se corresponde con el alto índice de diferimiento de las audiencias, cuya sub-causa, es la ausencia del imputado (la mayoría de las veces), para poder llevar a cabo la realización de las mismas. La tercera categoría obedece a causas relacionadas con la corrupción policial y judicial, en donde algunos funcionarios del sistema de justicia se aprovechan de su condición para extorsionar e intimidar.  Y finalmente, una postura del sistema de administración de justicia, que ha derivado en la transgresión de principios constitucionales fundamentales para el proceso penal contradictorio, como lo es la libertad personal, el ser juzgado en libertad y la presunción de inocencia”, puntualiza el informe.

La investigación sugiere que el retardo procesal permite la sobrevivencia de un sistema que es anómalo y que desvirtúa los principios que rigen el proceso judicial en un país democrático, pero en el que ciertamente la libertad tiene un costo y la celeridad procesal también.

“Libertad y celeridad procesalson dos conceptos que se complementan en un sistema judicial apegado a los principios de un Estado de Derecho, mientras que en un Estado en donde se han fracturado las garantías constitucionales los conceptos que se complementan son restricción de la libertad personal y retardo procesal”, sentencia Una Ventana a la Libertad.

El 49% de los entrevistados ven en la corrupción policial la principal causa del retardo procesal en Venezuela.

“En todas las entrevistas la corrupción policial está asociada a situaciones de extorsión por parte de los cuerpos policiales, quienes negocian con los detenidos o sus familiares. La mayoría de los abogados consideran que entre las principales consecuencias del retardo procesal se encuentra el hecho que se genere un estado de indefensión, la violación de derechos fundamentales y las condiciones de hacinamiento en los CDP, que ocasionan graves afectaciones a la salud e integridad de los detenidos”, precisa el informe.

TSJ también es culpable

Según el informe, el 32% de los encuestados piensa que el Tribunal Supremo de Justicia, por medio de sus decisiones, afecta la sana aplicación del debido proceso y los otros principios constitucionales en materia procesal. En consecuencia, el cambio comienza con rescatar la llamada independencia judicial.

El 22% de los encuestados piensa que debe realizarse una ampliación de los recintos tribunalicios, junto a la capacitación permanente de sus funcionarios. En este sentido, a fin de ampliar la infraestructura tribunalicia, el Estado debe instalar los Tribunales Penales Municipales para que atiendan los casos de delitos contra la propiedad.

“Aun y cuando no existen datos oficiales al respecto, alrededor de 70% de los privados de libertad no tienen una condena definitiva. Estamos hablando de por lo menos 77.000 personas aproximadamente de las 110.000 presas que hay en todo el país, a las cuales aún no se les ha podido demostrar su responsabilidad o culpabilidad en la comisión de un delito y, en consecuencia, no existe una sentencia definitivamente firme que así lo declare”, puntualizan.

La mayoría de los abogados consideran que entre las principales consecuencias del retardo procesal está que se genere un estado de indefensión, la violación de derechos fundamentales y las condiciones de hacinamiento en los Centros de Detención Preventiva, que ocasionan graves afectaciones a la salud e integridad de los detenidos.

El 32% de los encuestados piensa que el TSJ, por medio de sus decisiones, afecta la sana aplicación del debido proceso y los otros principios constitucionales en materia procesal. El cambio comienza con rescatar la llamada independencia judicial.

El 16% de los encuestados opina que la disminución del retardo procesal pasa por establecer un sistema por el cual los cargos dentro de la administración de justicia respondan a un sistema de meritocracia. El 29% considera oportuno que se realice una depuración/ eorganización del sistema de administración de justicia en Venezuela. El 22% piensa que debe realizarse una ampliación de los recintos tribunalicios, junto a la capacitación permanente de sus funcionarios.

Conclusiones

La Constitución de Venezuela consagra los derechos fundamentales a la libertad personal y a que toda persona a la que se le impute un delito sea juzgada en libertad. Sin embargo, el TSJ ha interpretado la Constitución y las leyes de forma regresiva y restrictiva con relación a los derechos fundamentales contenidos en ella.

El retardo procesal ha dejado de ser una consecuencia, para convertirse en el medio de subsistencia de un sistema de administración de justicia desviado de sus fines.  Las respuestas que el Estado da al problema del retardo procesal, según Una Ventana a la Libertad, no obedecen a un diagnóstico real de sus causas. Además, no están diseñadas desde un enfoque sistémico, sino que son respuestas espasmódicas. 

No olvide ver nuestros reportajes en: www.hispanopost.com 

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