Representación proporcional electoral no puede ser tomada a la ligera

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El artículo 63 de la Constitución de Venezuela establece: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.

La mesa nacional de dialogo, conformada por representantes del régimen de Nicolás Maduro y algunas fuerzas minoritarias de la oposición, acordaron que para las elecciones legislativas que se deben realizar en diciembre del año 2020 es necesario garantizar el principio de representación proporcional.

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Aunque se desconoce cuáles son los alcances del referido acuerdo, el dirigente del Partido Socialista Unido de Venezuela, Francisco Ameliach, aseguró que entre las propuestas que realizarán al Consejo Nacional Electoral se encuentra que se amplíe el número de diputados que sean electos a través del voto lista y disminuir el número de escaños por vía nominal.

Ante estos hechos, HispanoPost entrevistó a los expertos en materia electoral, Luis Lander, del Observatorio Electoral Venezolano y Francisco Castro, de Súmate, quienes aseguraron que aunque la representación proporcional se encuentra establecida en la Constitución, la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) en sus artículos 14 y 15,  impulsan un sistema mayoritario que la desconoce. Sugieren la modificación de dicho texto legal para así garantizar una representación verdaderamente equitativa, no solo en el Parlamento, sino también en los concejos municipales y legislativos regionales.

Castro y Lander coinciden en que cualquier propuesta que garantice la representación proporcional no puede ser tomada a la ligera, debe ser debatida ampliamente por los distintos sectores de la sociedad y además aprobada por la Asamblea Nacional, la cual debe modificar a profundidad los artículos 8, 14 y 15 de la Lopre.

“La propuesta del oficialismo llega en un momento en que ellos son minoría. Además, se desconocen cuáles son los aspectos técnicos, y es por ello que es difícil hacer una valoración sobre si la propuesta verdaderamente contribuiría a generar mayor proporcionalidad o si por el contrario es también una trampa para encubrir con la proporcionalidad un mecanismo novedoso para tratar de asegurar una sobrerrepresentación, pero ahora de una minoría”, comentó Castro.

Ambos expertos aseguraron que la proporcionalidad es una discusión de mucha profundidad, y que no se puede resolver pretendiendo añadir unos escaños que serán electos vía lista en un sistema que es actualmente injusto y que no garantiza una verdadera representación equitativa de los escaños.               

Sistema de elección

“En el año 2009 la Asamblea Nacional de entonces, conformada totalmente por el oficialismo, aprobó la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y lo que hicieron con este instrumento fue suprimir aquella modalidad de elección conocida como las morochas para tratar de garantizar el principio de representación proporcional establecido en la Constitución. Sin embargo, los artículos 14 y 15 establecen el número de diputados por lista que se va a elegir en cada estado, es decir, en aquellos estados que eligen más de 10 diputados, se eligen 3 por lista y aquellos que eligen menos de 10 diputados se eligen 2 por lista. La representación proporcional se reduce a eso y claramente la distribución de escaños no es equitativa”, precisó Lander.

Añadió que, en el ámbito político, aquellos partidos que son minorías prefieren un sistema de elección que impulse la representación proporcional, ya que le podría garantizar uno o varios escaños dentro de las instituciones legislativas.

“En Estados Unidos, por ejemplo, el sistema de elección es mayoritario porque básicamente la política está dirigida por dos partidos que son los demócratas y los republicanos. En Venezuela, aunque la representación proporcional se encuentra establecida constitucionalmente, no se cumple porque en las elecciones legislativas de 2010, aunque la oposición logró una diferencia muy corta en la votación total, la gran mayoría de los escaños fueron repartidos entre el oficialismo y en 2015 sucedió todo lo contrario, aunque la diferencia de votos entre las fuerzas políticas fue mucho mayor”, puntualizó Lander.

Sostuvo que el Observatorio Electoral Venezolano está a favor de que se implemente el principio de representación proporcional, siempre y cuando no se realice vía un acuerdo político, sino que se establezca aplicando los correctivos legales correspondientes luego de una discusión profunda entre los distintos sectores de la sociedad.

“Preferimos un buen sistema de representación proporcional porque nos parece un sistema para elegir a los diputados de la Asamblea Nacional y los representantes de los Consejos Municipales y Concejos Legislativos regionales, que permite mayor pluralidad porque no solo el más grande y el que le sigue tengan representación, sino que es posible que diversos grupos de la sociedad puedan estar presente en estos organismos de debate público por excelencia”, precisó.

Vieja demanda de la colectividad    

Francisco Castro aseguró que la representación proporcional es una vieja demanda de los sectores democráticos en Venezuela y, aunque en la Constitución de 1999 se estableció en el artículo 63, la proporcionalidad no se cumple porque se aprobó el uso de las morochas en primera instancia y en 2009 con la Lopre se permite un sistema mixto que prioriza un sistema mayoritario.

“Existe en la actualidad un método que no garantiza la proporcionalidad y que, además, ha sido pervertido en los últimos años porque el sistema de votación no solo no garantiza la proporcionalidad, sino que también han manipulado los cocientes poblacionales para otorgar mayor representación en las áreas donde la votación podría favorecer al oficialismo y menor representación, en términos proporcionales, en las áreas donde la votación podría favorecer a la oposición”, sentenció.

Denunció que en las últimas elecciones legislativas el Poder Electoral ha manipulado las proyecciones poblacionales, las agrupaciones de municipios y parroquias para convertir las circunscripciones electorales y manipulando con estos mecanismos los cocientes poblacionales que asignan diputados de acuerdo con las circunscripciones.

“Podemos encontrar distorsiones tales como que hay diputados que son electos con cientos de miles de votos o que necesitan cientos de miles de votos para ganar un curul y otros diputados que necesitan unas pocas decenas de miles de votos para ganar un curul y esto se debe a la manipulación de los cocientes poblacionales y las agrupaciones geográficas”, indicó Castro.

“Para, por ejemplo, darle un diputado en una circunscripción de preferencia o de votación mayoritariamente oficialista, con el cociente en 0,51 le asignan un diputado que eso es legal, mientras que en las circunscripciones con votación de mayoría opositora, colocan los cocientes en 1,49, entonces no le tocan 2 diputados porque el cociente no da 1,51 y eso trae como consecuencia, mayor número de votos para ser electo”, detalló.

Castro indicó que el actual sistema de votación venezolano sobrerrepresenta a ciertas mayorías, aunque la diferencia de votos sea ajustada.

“Esa desproporción trajo como consecuencia que en 2010 la oposición a pesar de haber obtenido 52% de los votos, obtuviera cerca de 30% de los escaños y, además, en 2015 esa desproporción trajo como consecuencia que la oposición, a pesar de haber ganado con cerca de 60% de los votos, obtuviera más de 70% de los escaños dentro de la Asamblea Nacional, porque el sistema sobrerrepresenta a la mayoría”, indicó.    

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