¿Debe regularse el pago de salarios en criptomonedas en Venezuela?

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Hace unos meses, la firma Chainalysis sorprendió con la publicación de un informe en el cual aseveraba que Venezuela era el tercer país en el mundo en el cual había una mayor penetración y uso de criptomonedas.

El Índice Adopción de Cripto, elaborado por la empresa, colocó al país detrás de Ucrania y Rusia.  En el mismo, se hace un balance de las diez economías que lideran ese ranking, en el cual Colombia ocupa el noveno lugar.

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De hecho, en Venezuela establecimientos y cadenas de tiendas en diversas regiones del país tienen la opción de pagar los consumos de bienes y servicios a través de pasarelas que procesan los pagos. La más conocida es Cryptobuyer, con sede en Panamá, que a la fecha cuenta con más de 2000 comercios afiliados en la geografía venezolana.

Ahora bien. Durante 2019 el gobierno de Venezuela anunció que el salario mínimo estaría atado a la cotización de la “criptomoneda” nacional, llamada Petro, lo que nunca se aplicó en la práctica. En ese sentido, el especialista en Derecho Laboral, Reinaldo Guilarte, hizo referencia a tal situación y manifestó que, aunque la administración actual no ha cumplido con lo anunciado hace casi dos años, algunas empresas de carácter privado si contemplan pagar parte del sueldo de sus trabajadores en criptomonedas, pero a través de una tercera compañía.

Agregó el abogado que la legislación venezolana no prevé por ahora el empleo de esta suerte de dinero digital para la cancelación del salario. Si estuviese anclado, el salario mínimo fluctuaría y no ha pasado así. Según su opinión, las criptos no sirven para pagar sueldos, por cuanto no gozan de similares condiciones a las monedas físicas emitidas por el Banco Central de Venezuela.  Tendría entonces el instituto emisor que legislar sobre la materia.

El especialista recomendó que, aunque los que trabajan con blockchain y criptomonedas se oponen a cualquier legislación al respecto, sería importante que el Estado venezolano diseñase un marco jurídico que le otorgue características especiales a las cripto, sin inmiscuirse en cómo deben ser estas usadas, ya que por principio son descentralizadas. 

El camino por recorrer el algo complicado. Pasa por comprender que una criptomoneda no es una especie de comodín que se usa según las circunstancias. Que el valor de las mismas obedece a reglas del mercado: oferta-demanda, y que la confianza es, sin duda alguna, el elemento clave que impulsa su apreciación.

Aunque en Venezuela la actividad con bitcoin y criptomonedas tiene una clara legislación, se requiere normar para allanar el camino hacia la adopción de otros mecanismos de compensación salarial, cónsonos con la realidad actual, con los avances de la tecnología y con la plena conciencia de que siempre se busque beneficiar a los trabajadores.

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