Proceso de designación de rectores del CNE tardaría más de 90 días

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Un plazo no menor a tres meses, desde su fecha de inicio, es el tiempo mínimo que requeriría cambiar la directiva del Consejo Nacional Electoral para que Venezuela pueda realizar unas posteriores elecciones. Este es uno los acuerdos de la Mesa de Diálogo Nacional instalada el 16 de septiembre por representantes de Nicolás Maduro y sectores minoritarios de la oposición

La Mesa de Diálogo Nacional, instalada el 16 de septiembre por representantes de Nicolás Maduro y sectores minoritarios de la oposición, planteó entre los acuerdos la designación de nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral. Sin embargo, un plazo no menor de 90 días se requiere para cambiar la directiva del Poder Electoral. Además, la Constitución establece que es competencia de la Asamblea Nacional (AN).

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El periodista especializado en sufragio y además, videocolumnista de HispanoPost, Eugenio Martínez, afirma que para cambiar las autoridades del poder electoral se necesitan tres meses y 112 votos del Parlamento venezolano pero para ello es necesario que cese el desacato impuesto al Parlamento.

Frente el acuerdo firmado el pasado lunes, la asociación civil Súmate señala que antes de elegir un nuevo CNE son varios puntos que las partes deben comprometerse a cumplir: respetar y someterse a la soberanía popular, reconocer la legitimidad de la Asamblea Nacional, el cese de la medida cautelar del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra los diputados de representación indígena del estado Amazonas y el cese de todas las decisiones del máximo tribunal contra la Asamblea Nacional desde diciembre de 2015 hasta la fecha, en las que declaran el desacato y desconocen sus funciones legislativas.

En el portal del Poder Electoral se enfatiza que el Consejo Nacional Electoral está integrado por cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos; tres de ellos postulados por la sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades, y el último por el Poder Ciudadano. La directiva dura siete años en funciones.

Tiempo del proceso

El proceso estándar inicia con la creación del Comité de Postulaciones Electorales integrado por un total de 21 personas, de las cuales 11 son diputados designados por la plenaria y los 10 restantes son postulados por otros sectores de la sociedad, según detalla el artículo 19 de la Ley Orgánica del Poder Electoral : http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/ley_organica_poder_electoral/titulo2.php

El primer paso lo da la Asamblea Nacional 30 días antes de la fecha de selección de los rectores electorales, al convocar la conformación del Comité de Postulaciones Electorales y nombrar la Comisión Preliminar integrada por los 11 diputados y publicar una convocatoria para la postulación del resto de los integrantes. Para ello se requieren 10 días continuos para que la plenaria designe el comité.

El Comité de Postulaciones Electorales se encargará de “convocar, recibir, evaluar, seleccionar y presentar ante la plenaria de la Asamblea Nacional las listas de los candidatos calificados para integrar el ente rector del Poder Electoral”, especifica el reglamento. La suma de días para cada uno de estos procesos es de 64, tiempo que equivale a dos meses y cuatro días y que culminará con el voto de las dos terceras partes de los diputados del parlamento.

«Si no hay acuerdo en la Asamblea Nacional para nombrar al CNE, el TSJ debe encargarse”, expresó el martes 17 de septiembre Felipe Mujica, integrante de la Mesa de Diálogo Nacional entre Nicolás Maduro y sectores minoritarios de la oposición.

Ante ello, Eugenio Martínez recuerda que “en 2014 y 2016, después de dos meses de debates, fue imposible que en el parlamento se lograra contar con la aprobación de 112 diputados a los nombres propuestos para el CNE y el resultado fue que el Tribunal Supremo ratificó a Tibisay Lucena y a Sandra Oblitas aunque no estaban en los listados de la Asamblea Nacional”. Recalca que el actual CNE fue designado 100% por el TSJ.

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